Si se encuentra en un Proceso de Residencia provisional o permanente, lo recomendable es ingresarlos en un mismo trámite y no por trámites separados.
Pueden incluir como dependientes:
Requisitos adicionales a los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley:
1. Carta de responsabilidad del residente o nacional
2. Constancia de parentesco
3. El solicitante mayor de edad y menor de veinticinco (25) años, deberá aportar:
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