Para solicitar la Rehabilitación deberá reportar los siguientes documentos:
Contará con 30 días hábiles para presentar la solicitud de Rehabilitación, contados a partir de la fecha de ingreso a Panamá; y hasta seis (6) años desde que se ausento de Panamá. Después de estos términos no se podrá solicitar la Rehabilitación.
Excepciones: la Rehabilitación no podrá ser solicitada por los extranjeros que tengan permiso de residencia permanente por Convenio Panamá-Italia; o permiso de residencia temporal por Crisol de Razas y Regularización Migratoria Extraordinaria.
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