Si posee residencia permanente para residir en Panamá, pero se fue a vivir en el exterior, le recomendamos que haga planes para visitar Panamá por lo menos una vez al año (legalmente es posible permanecer fuera de Panamá un máximo de dos años y hasta 6 años).
Si usted ha incurrido en esos años fuera de Panamá, deberá solicitar una Rehabilitación de Residencia Permanente una vez ingrese a Panamá, contará con 30 días hábiles para presentar la solicitud de Rehabilitación, contados a partir de la fecha de ingreso a Panamá; y hasta seis (6) años desde que se ausento de Panamá. Después de estos términos no se podrá solicitar la Rehabilitación.
Excepciones: la Rehabilitación no podrá ser solicitada por los extranjeros que tengan permiso de residencia permanente por Convenio Panamá-Italia; o permiso de residencia temporal por Crisol de Razas y Regularización Migratoria Extraordinaria.
Para solicitar la Rehabilitación de Residencia Permanente en Panamá CONTACTENOS