Beneficios de las Sociedades de Emprendimiento en Panamá
Beneficios de las Sociedades de Emprendimiento
- Podrán recibir donaciones hasta la suma de $10,000.00, deducibles del impuesto sobre la renta para el donante. El donante no puede tener participación en la S.EP. que recibe la donación.
- Exentas del pago de tasa única.
- Exentas del pago de impuesto sobre la renta durante los primeros 2 años.
- No les aplica la obligación de facturar mediante impresoras fiscales durante los primeros 2 años.
- Rebajas de hasta 50% en aranceles de importación, sujeto a reglamentación por parte del Órgano Ejecutivo.
- En contrataciones, tanto con el Estado como con empresas privadas, los pagos a la S.EP. se deberán realizar en un término no mayor a 30 días calendario. En caso de retraso del pago, el Estado o la empresa privada que contrató con la S.EP incurrirá en una tasa de interés del 1% mensual sobre el monto de la factura.
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